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SUBVENCIONES CONCILIACIÓN VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL EN ANDALUCÍA 2026

Tabla de contenidos

OBJETO


Ayudas dirigidas a personas trabajadoras autónomas para facilitar la conciliación mediante la contratación de personal, bien para apoyar su actividad mientras cuidan de hijos menores de 3 años (Línea 4), bien para sustituirlas durante la baja por riesgo en el embarazo o el descanso por nacimiento, adopción o acogimiento (Línea 5).

COLECTIVOS BENEFICIARIOS Y CUANTÍAS

Línea 4 — Contratación con hijos/as menores de 3 años:

  • 6.000 € por contrato a jornada completa de 12 meses (régimen general)
  • 7.200 € si la persona contratada es mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad ≥33%, víctima de violencia de género o de terrorismo
  • Contratos a tiempo parcial: mínimo 20 h/semana, cuantía proporcional

Línea 5 — Sustitución por baja o descanso:

  • Riesgo durante el embarazo: 3.200 € (máx. 8 meses)
  • Descanso por nacimiento/adopción/acogimiento: 1.700 € (16 semanas) o 1.900 € (18 semanas, en supuestos especiales)
  • Incremento del 50% si la persona contratada pertenece a los colectivos específicos señalados en la Línea 4

REQUISITOS PRINCIPALES

  • Estar dada de alta en el RETA o mutualidad profesional
  • Tener a cargo hijo/a menor de 3 años (Línea 4) o encontrarse en situación de riesgo durante el embarazo o período de descanso (Línea 5)
  • La persona contratada debe estar desempleada e inscrita como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo
  • Jornada mínima de 20 horas semanales en contratos a tiempo parcial
  • Las contrataciones son subvencionables desde los 12 meses anteriores a la convocatoria hasta el fin del plazo de solicitud
  • Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social

OBLIGACIONES

  • Formalizar el contrato y comunicarlo a través de Gescontrat@ o Contrat@
  • Mantener la contratación durante el período subvencionado
  • No haber recibido la ayuda de escolarización de primer ciclo de Educación Infantil de la Junta de Andalucía para el mismo período
  • Someterse a las actuaciones de comprobación de la Administración
  • Comunicar cualquier otra subvención solicitada u obtenida para la misma finalidad

PLAZO DE SOLICITUD

  • Inicio: 30 de junio de 2026 (día siguiente a la publicación en el BOJA)
  • Fin: 15 de septiembre de 2026
  • Presentación exclusivamente electrónica a través de la sede de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
  • Resolución en un plazo máximo de 6 meses desde la entrada de la solicitud
  • El plazo puede cerrarse antes si se agota el crédito disponible (500.000 € en total)

Convocatoria: https://www.juntadeandalucia.es/eboja

Si tiene cualquier duda, contacte con nosotros y le ampliaremos la información necesaria.

955 67 51 68
info@asesoriacamen.es

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