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PROGRAMA EMPLEA-T

Tabla de contenidos

FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.

Línea 1. Incentivo a la primera contratación indefinida ordinaria por parte de personas trabajadoras autónomas.

Concepto subvencionable.-

Incentivar la primera contratación indefinida ordinaria a jornada completa, o parcial siempre que sea igual o superior al 50% de la jornada completa, por parte de personas trabajadoras autónomas, así como mutualistas de colegios profesionales, de personas desempleadas que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
a) Personas jóvenes menores de 30 años de edad.
b) Personas desempleadas de larga duración, cualquiera que sea su edad.
c) Personas mayores de 45 años de edad.

La contratación deberá mantenerse durante un periodo mínimo de 24 meses desde el inicio de la relación laboral cuyo inicio tendrá lugar en el periodo comprendido entre el 01/03/2024 y el día final de presentación de solicitudes. En los casos de baja voluntaria, muerte, gran invalidez, incapacidad permanente total ó absoluta, jubilación del trabajador y despido disciplinario, se tendrá 1 mes para realizar una nueva contratación de similares características para el mismo puesto de trabajo.

NO BENEFICIARIOS los autónomos que hayan tenido contratada a alguna persona dentro de los 12 meses anteriores al inicio de la relación laboral por la que se solicita la subvención.

Cuantía de la subvención.-

a) Jornada completa: 18.000€ — 20.000€ en el caso de ser mujer.

b) Jornada parcial (50% o más): 9.000€ — 10.000€ en el caso de ser mujer.

Línea 2. Incentivo a la segunda o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias por parte de personas trabajadoras autónomas, y a cualquier contratación indefinida ordinaria por parte de pymes.

Concepto subvencionable.-

Incentivar la contratación indefinida ordinaria a jornada completa, o parcial siempre que sea igual o superior al 50% de la jornada completa, por parte de personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegios profesionales dadas de alta en el RETA o en la mutualidad alternativa correspondiente de sus colegios profesionales para las segundas y sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias; así como para las pymes, para la primera y sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias de personas desempleadas que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
a) Personas jóvenes menores de 30 años de edad.
b) Personas desempleadas de larga duración, cualquiera que sea su edad.
c) Personas mayores de 45 años de edad.

La contratación deberá mantenerse durante un periodo mínimo de 24 meses desde el inicio de la relación laboral cuyo inicio tendrá lugar en el periodo comprendido entre el 01/03/2024 y el día final de presentación de solicitudes. En los casos de baja voluntaria, muerte, gran invalidez, incapacidad permanente total ó absoluta, jubilación del trabajador y despido disciplinario, se tendrá 1 mes para realizar una nueva contratación de similares características para el mismo puesto de trabajo.

Cuantía de la subvención.-

a) Jornada completa: 15.000€ — 17.000€ en el caso de ser mujer.

b) Jornada parcial (50% o más): 7.500€ — 8.500€ en el caso de ser mujer.

Línea 4. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas con discapacidad por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes.

Concepto subvencionable.-

Incentivar la contratación de personas desempleadas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

La contratación deberá mantenerse durante un periodo mínimo de 12 meses desde el inicio de la relación laboral cuyo inicio tendrá lugar en el periodo comprendido entre el 01/03/2024 y el día final de presentación de solicitudes. En los casos de baja voluntaria, muerte, gran invalidez, incapacidad permanente total ó absoluta, jubilación del trabajador y despido disciplinario, se tendrá 1 mes para realizar una nueva contratación de similares características para el mismo puesto de trabajo.

Cuantía de la subvención.-

a) Jornada completa: 20.000€ — 22.000€ en el caso de ser mujer.

b) Jornada parcial (50% o más): 10.000€ — 11.000€ en el caso de ser mujer.

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