Una vez aprobada la reforma de la Ley General Tributaria, los nombres de aquellos que mantengan deudas con la Administración pasarán a ser públicos. Sin embargo, el tratamiento no será igual para todos los deudores puesto que no se contempla que se publique el nombre de aquellos que se acogieron a la denominada “amnistía fiscal” del 2012. En el mismo sentido, para aparecer en dichos listados de morosos, el importe de la deuda contraída con la Administración tiene que ser superior al millón de euros una vez concluido el plazo de pago voluntario, sin incluir aquellas deudas aplazadas o suspendidas.
Se prevé que la primera lista de deudores salga a la luz a finales de año y, posteriormente, en el primer semestre de cada año se actualizarán los listados haciendo referencia a 31 de diciembre del año anterior.
El hecho de hacer público tales datos personales responde al objeto de disciplina fiscal, recuperar la recaudación tributaria, potenciar la lucha contra el fraude, disminuir los conflictos que puedan surgir así como reducir la conflictividad e incrementar la seguridad jurídica.