El Tribunal Supremo se desdice y concluye que es el cliente quién debe hacer frente al pago de AJD en la formalización de préstamos con garantía hipotecaria
Si bien el Tribunal Supremo, mediante Sentencia de 16 de Octubre, determinaba que era el banco (y no el cliente) el obligado al pago del impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) en las formalizaciones de préstamos con garantía hipotecaria, en la tarde de ayer, dicho Tribunal volvía tras sus pasos dando marcha atrás a la decisión adoptada, es decir, se vuelve a la postura inicial y seguirán siendo los clientes quienes soporten dicho impuesto.
Con ello se pone fin a la esperanza dada a los prestatarios de solicitar la devolución de dicho impuesto “supuestamente pagado de manera indebida”.