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AYUDAS PARA NUEVOS AUTÓNOMOS EN ANDALUCÍA

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Objeto


Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para fomentar el trabajo autónomo en Andalucía, Línea 2: inicio de actividad. Dirigida a personas trabajadoras autónomas incluidas en RETA o Régimen Especial del Mar que sean beneficiarias de la cuota reducida del art. 38 ter de la Ley 20/2007 (TARIFA PLANA), y que mantengan su alta como autónomos 12 meses desde la solicitud.

Colectivos y cuantías

  • Mujeres < 35 años: 5.000 €
  • Hombres < 30 años: 5.000 €
  • Mujeres ≥ 35 años: 3.800 €
  • Hombres ≥ 30 años: 3.800 €
  • Incremento por actividad en municipios < 10.000 habitantes: hasta 5.500 € (mujeres<35 y hombres<30) o 5.000 € (mujeres≥35 y hombres≥30).

Requisitos principales

  1. Alta en RETA o Régimen Especial del Mar (grupo 1).
  2. Beneficiario/a de TARIFA PLANA.
  3. Actividad económica en Andalucía.
  4. Plan de viabilidad con resultado positivo antes de impuestos en todas las anualidades.

Obligaciones

  • Mantener la condición de autónomo/a 12 meses continuos desde la solicitud.
  • Compatibilidad con trabajo por cuenta ajena: máximo 25% del período.
  • Justificación de actividad mediante comprobaciones fiscales y laborales.
  • Reintegro en caso de incumplimiento.

Plazos

  • Solicitud: desde el 12 de agosto de 2025 hasta el 30 de junio de 2026.
  • Plazo general: 2 meses desde el alta como autónomo/a.
  • Plazo transitorio: para altas entre 30/09/2024 y 12/08/2025, 2 meses.

Resolución: máximo 4 meses; si no hay respuesta, se entiende silencio administrativo desestimatorio.

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2025/153/BOJA25-153-00025-11131-01_00324729.pdf

Si tiene cualquier duda o quiere que le presentemos la subvención, contacte con nosotros y le ampliaremos la información necesaria.

955 67 51 68
info@asesoriacamen.es

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